El uso de la vivienda familiar en casos de custodia compartida. Por Javier Marcos Juárez. Abogado
- Javier Marcos JUAREZ
- 24 sept
- 4 Min. de lectura
Vamos a analizar puntos claves a fin de reducir los problemas generados y las dificultades que van asociadas a los procesos de separación con hijos. Nos planteamos que hacer o como compartir casa en esta situación de crisis familiar y especialmente tras la separación, donde los hijos es un tema delicado y la situación les afecta gravemente.
El uso de la vivienda familiar en caso de custodia compartida es uno de los puntos más delicados. Es una opción para salvaguardar la estabilidad de los niños, pero un quebradero de cabeza para los padres. Vamos a analizar las dudas más frecuentes sobre este tema y posibles soluciones que podremos aplicar en este tipo de situaciones
La custodia compartida
La custodia compartida, en esta situación jurídica en la que se encuentran ambos progenitores implica que ambos padres compartirán por igual derechos y responsabilidades sobre sus hijos tras una separación o divorcio.
Según el Artículo 92.5 del Código Civil, la custodia compartida “Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos cuando así lo soliciten los padres en la propuesta de convenio regulador o cuando ambos lleguen a este acuerdo en el transcurso del procedimiento”.
En esta nueva relación de convivencia creada, se busca que los hijos puedan convivir periodos similares con cada uno de los padres, lo que suele organizarse por semanas, quincenas o incluso días alternos según las necesidades de la familia. No es un sistema rígido: lo importante es adaptar la rutina a lo que mejor funcione para los niños.
En cuanto al uso de la vivienda familiar en caso de custodia compartida, supone un gran reto logístico a la hora de dividir la vivienda. Por eso, cada familia debe negociar cómo organizar ese reparto del hogar, pensando en la estabilidad de los niños y la mejor manera de preservar su bienestar.
En ocasiones, se recurre al modelo conocido como “casa nido”, donde los hijos permanecen en un mismo hogar y son los padres quienes se turnan para estar con ellos en esa vivienda. Aunque es una opción interesante, no siempre resulta práctica, ya que cada progenitor necesita tener un espacio alternativo para cuando no está en casa.
Quién se queda la casa ?
La respuesta la podemos obtener del artc 96 del Código Civil, si bien es cierto que no hay una respuesta única, ya que la norma no otorga un derecho automático a ninguno de los progenitores, buscando siempre el interés superior del menor, habrá que analizar el caso concreto:
“En defecto de acuerdo de los cónyuges aprobado por la autoridad judicial, el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario de ella corresponderá a los hijos comunes menores de edad y al cónyuge en cuya compañía queden, hasta que todos aquellos alcancen la mayoría de edad.”
Para el uso de la vivienda familiar en caso de custodia compartida, lo primero a tener en cuenta es que los niños pasen el mismo tiempo tanto con el padre como con la madre. Esto significa que ya no hay un progenitor al que se le atribuya la vivienda por defecto, como llega a ocurrir en muchos casos de custodia exclusiva, sino que los dos tienen el mismo derecho a disfrutar de la vivienda.
El Juéz sí puede decidir cómo repartir el uso de la vivienda familiar, teniendo en cuenta estas circunstancias:
Edad y necesidades de los hijos: si los niños son pequeños, se valora que no tengan que sufrir el preparar un cambio de domicilio. En esos casos, puede darse prioridad a que permanezcan en la vivienda familiar.
Capacidad económica de cada progenitor: si uno de los padres tiene más dificultades para acceder a otra vivienda, puede asignársele el uso de la casa durante un tiempo.
Titularidad de la vivienda: aunque la casa sea propiedad de uno de los padres, eso no garantiza que vaya a quedársela para vivir con los hijos. La prioridad sigue siendo el interés de los menores.
Existencia de alternativas: si alguno de los progenitores dispone de otra vivienda adecuada, se tiene en cuenta a la hora de decidir.
Las posibles opciones de uso compartido en la práctica, pueden ser las siguientes:
Uso temporal para uno de los progenitores: el domicilio se asigna durante un periodo concreto (por ejemplo, hasta que los hijos cumplen cierta edad). Es habitual que, en este caso, se establezca una compensación por el uso de la vivienda familiar, sobre todo si la propiedad es del otro progenitor.
Venta o alquiler de la vivienda y reparto de beneficios: cuando ninguno de los dos puede o quiere quedarse en la casa, se opta por valorar la vivienda y ponerla a la venta o alquilarla. El dinero se reparte y cada progenitor busca una alternativa.
“Casa nido”: aunque menos frecuente, existe la opción de que sean los padres quienes, de forma alternativa, residan en la vivienda familiar, mientras los hijos se quedan en ella. -
El hecho de ser propietario no garantiza el uso inmediato de la vivienda tras la separación. Aunque la casa esté a nombre de uno de los progenitores, el juez puede asignar el uso al otro si se considera que es la mejor opción para los hijos.
Sin embargo, esta atribución suele ser temporal y acompañada de una compensación por el uso de la vivienda familiar, para equilibrar la situación entre ambos.



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