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ACTUALIZACION DE RENTAS RETROACTIVAS


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Por Javier Marcos Juárez Abogado

Un arrendador no puede simplemente decidir un incremento sin seguir el procedimiento adecuado. La notificación de la actualización de renta debe realizarse con al menos 30 días de antelación.

  • Los arrendadores deben cumplir con la legislación vigente al realizar estas actualizaciones.

  • La falta de notificación impide reclamar aumentos acumulativos anteriores.

  • Las actualizaciones se aplican a partir del mes siguiente a la notificación.

Además, los arrendadores deber´qn tener en cuenta la limitación del 3% establecida para 2024 en la actualización de rentas, según la Ley 12/2024. Este límite protege a los inquilinos de incrementos excesivos.


Según la jurisprudencia reciente, los arrendadores no pueden exigir pagos retroactivos si no han notificado adecuadamente los ajustes.

La Ley 12/2024 establece que solo las actualizaciones de rentas notificadas y aplicadas son exigibles. Esto significa que el arrendador no puede reclamar aumentos que no hayan sido formalmente comunicados.


Por lo tanto, los inquilinos tienen una protección importante contra reclamaciones inesperadas y deben estar atentos a la comunicación que reciban de sus arrendadores.


La Ley 12/2024 introduce limitaciones para la actualización de la renta en 2024, estableciendo un tope del 3%. Esto significa que los arrendadores no pueden aplicar incrementos superiores a este porcentaje durante este año.

Esta normativa tiene como objetivo proteger a los inquilinos en un contexto de inflación y aumento del costo de vida. Además, se busca equilibrar los intereses de arrendadores e inquilinos.

  • Las subidas acumulativas de renta deben respetar este límite del 3%.

  • Los arrendadores no pueden reclamar aumentos de años anteriores si no han notificado adecuadamente.

  • Las actualizaciones solo son exigibles a partir de la fecha de notificación.


Si el arrendador no ha notificado adecuadamente las subidas, no puede reclamar montos de años anteriores. La legislación vigente protege a los inquilinos de estas prácticas. Según el Tribunal Supremo, aceptar reclamaciones por rentas atrasadas sería injusto. Los inquilinos deben estar informados sobre su situación y actuar en consecuencia. Es recomendable llevar un control detallado de las comunicaciones relacionadas con el alquiler.


La notificación de la actualización de renta es un paso clave en el proceso de reclamación de subidas. El arrendador debe enviar una comunicación formal con al menos 30 días de anticipación al inquilino.

Esta notificación debe incluir los detalles del ajuste, como el porcentaje de incremento y la fecha a partir de la cual se aplicará. La falta de esta notificación significa que el arrendador pierde el derecho a exigir el aumento.

  • Las notificaciones deben ser claras y completas.

  • Es crucial que los inquilinos guarden una copia de las comunicaciones recibidas.

  • Un registro de las notificaciones puede ser útil en caso de disputas.

hay varias sentencias del Tribunal Supremo que respaldan la no retroactividad en la actualización de rentas. Estas sentencias establecen que los arrendadores no pueden reclamar aumentos que no hayan sido notificadas adecuadamente.

La jurisprudencia es clara en este sentido, protegiendo los derechos de los inquilinos frente a reclamaciones inesperadas. Es fundamental que tanto arrendadores como inquilinos conozcan estas sentencias para actuar conforme a la ley.

En resumen, la falta de notificación adecuada es un factor clave que limita la posibilidad de reclamar aumentos en la renta del alquiler.


Si un arrendador no ha subido el alquiler en cinco años, puede estar en una situación complicada. Según la legislación vigente, el aumento no puede exceder el límite del 3% para 2024. Esto significa que, aunque tenga derecho a actualizar la renta, debe hacerlo dentro de este marco legal.

Es recomendable que el arrendador consulte el IPC acumulado durante esos años para saber cuál sería el porcentaje justo a aplicar. Sin embargo, debe respetar siempre la limitación del 3% impuesta por la ley.


Los arrendadores no pueden aplicar aumentos retroactivos del IPC si no han notificado los cambios oportunamente. Cualquier actualización de renta debe ser comunicada con la debida antelación, y sin esta notificación, no se pueden exigir pagos atrasados.

Esto protege a los inquilinos de sorpresas inesperadas y les da la tranquilidad de saber que los aumentos solo son exigibles a partir de la comunicación formal.

El plazo de prescripción para reclamar el IPC por alquiler es de cinco años. Esto significa que, si un arrendador no ha actualizado la renta durante ese tiempo, pierde el derecho a reclamar aumentos retroactivos.

Los inquilinos deben estar al tanto de este plazo, ya que les brinda mayor seguridad en su situación contractual. Es esencial que se documenten todas las comunicaciones y aumentos aplicados para protegerse ante cualquier reclamación futura.

El cálculo de la actualización de un alquiler se basa en el IPC correspondiente al periodo anterior. Primero, se debe obtener el IPC del año anterior y compararlo con el actual para determinar el porcentaje de incremento.

Una vez calculado, el arrendador debe notificar al inquilino sobre el ajuste, cumpliendo con el plazo de 30 días establecidos por la ley. Este proceso debe ser transparente y bien documentado para evitar malentendidos.



 
 
 

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